El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de ONU afirmó que la Privación de Libertad de Roland Carreño es Arbitraria

En el marco del 94 periodo de sesiones del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, celebrado en la Ciudad de Ginebra entre el 29 de agosto y el 2 de septiembre del 2022, el procedimiento especial de Naciones Unidas, aprobó la opinión 48/2022, en la que afirmó que la privación de libertad del periodista y activista político del partido Voluntad Popular es arbitraria por contravenir instrumentos jurídicos que protegen el derecho a la libertad personal.

El Grupo de Trabajo transmitió una comunicación al Gobierno del Estado Venezolano el 9 de diciembre del 2021, en virtud de la solicitud envida por la Organización No Gubernamental Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia, para que el mecanismos evaluará los argumentos de hecho y de derecho que convertían la privativa de libertad del ciudadano Roland Carreño en arbitraria.

De acuerdo con la resolución, la petición presentada por la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia, encuadra perfectamente en los criterios establecidos por el Grupo en folleto informativo número 26.

Es importante destacar que el proceso que se sigue en contra del periodista Roland Carreño ha estado plagado de irregularidades que afectan el debido proceso.

A criterio de Ana Leonor Acosta abogada del periodista y directora de la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia “la opinión adoptada por el grupo permite evidencia que en Venezuela se cometen crímenes de Lesa Humanidad, debido a la naturaleza arbitraria de la privación de libertad, y de acuerdo al criterio establecido en el Estatuto de Roma en su artículo 7”.

Es fundamental recordar que el mandato del Grupo, consiste en investigar casos de privación de libertad impuesta arbitrariamente o que sean incompatibles con las normas internacionales enunciadas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos del cuál el Estado Venezolano es parte, y por lo tanto lo obliga a adoptar tal resolución.

El Grupo en su decision le pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias para remediar la situación y por lo tanto coloque en libertad al periodista, además le exhorta efectue las reparaciones correspondientes según el criterio del derecho internacional de los derechos humanos, qué consiste en efectuar reparaciones económicas y simbólicas.

Por otra parte la resolución que consta de 15 páginas le solicita al Estado que investigue tal situación, en especial por tratarse de un delito según el Código Penal Venezolano.

El comunicador social Roland Carreño, se convierte en otro ciudadano que está privado injustamente, debido a la falta de legalidad de los fundamentos de fondo y la ausencia de los requisitos legales y constitucionales de la forma en la que fue detenido.

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